La
Tertulia Taurina “El Porvenir” ha recibido en pasadas fechas a un
buen amigo de esta asociación, José Luque Teruel, Presidente de la
plaza de toros de Sevilla, Secretario de la Asociación Nacional de
Presidentes de Plazas de Toros (ANPTE), jurista y cabal aficionado, e
hijo de uno de los más grandes toreros de plata en la historia
moderna de la Tauromaquia, Andrés Luque Gago.
Muy
interesantes los datos y referencias aportados por Luque para conocer
los orígenes de las reglamentaciones taurinas, las primeras de
ámbito local, como los Fueros medievales u Ordenanzas municipales o
incluso las mismas Partidas de Alfonso X El Sabio, para su aplicación
en un pueblo o ciudad determinada, comprensivas de hasta el mínimo
detalle para establecer prohibiciones, requisitos y aspectos para el
buen desarrollo de las fiestas con toros.
Así, las
primeras normas jurídicas en materia taurina fueron en general de
carácter prohibitivo o limitativo hasta el siglo XVIII, con una
especial relación de amor/odio entre la Iglesia y sus miembros y los
festejos taurinos populares (Sínodos provinciales y Concilios
diocesanos, la Bula del Papa Pío V...).
Las
normas taurinas de los siglos XVIII y XIX se mueven también entre
las prohibiciones de la Ilustración y la tolerancia y consolidación
del toreo moderno, principalmente con la influencia de la
“Tauromaquia o Arte de Torear” de Francisco Montes “Paquiro”.
La
regulación jurídica propiamente dicha de la Fiesta y el inicio de
su consolidación en el siglo XX se inicia con el primer Reglamento
taurino aprobado por el Ministerio de la Gobernación en 1917, a los
que siguen los Reglamentos taurinos generales de 1923 y 1924, la
implantación de los petos para los caballos de picar y el Reglamento
taurino general de 1930, hasta llegar al Reglamento de Espectáculos
Taurinos de 1962. Para terminar todo ello con la Ley nacional sobre
Potestades Administrativas en materia de Espectáculos Taurinos de
1991 y los Reglamentos taurinos de 1992 y de 1996 y el problema de
dispersión normativa planteado por los nuevos Reglamentos taurinos
generales de algunas Comunidades Autónomas.
Todo ello
implica ver una corrida de toros como algo más que una fiesta con un
innegable componente artístico y cultural por lo que tiene de
ritual, de litúrgico, de histórico y de antropológico incluso, por
el indudable e innegable arraigo de la fiesta en sus diversas
manifestaciones a lo largo de los siglos en España.
También
tuvimos ocasión de hablar largo y tendido con José Luque sobre los
señalamientos en el campo al amparo de la importante novedad que
introdujo en ese sentido el reglamento andaluz de 2006 (actualmente
en proceso de debate previo con el sector en el seno del Consejo de
Asuntos Taurinos de Andalucía, antes del inicio de su modificación
en algunos aspectos, como se ha venido anunciando en prensa
recientemente).
Foto de Familia: De izquierda a derecha: Javier Valderrama, Juan Manuel Pérez, Manuel Lara, Román Fernández y Antonio Alfonso. Sentados: Ignacio Tallón, José Luque Terue y Fernando Vera. |
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